Por Antuanet Cordova Reategui
En el Perú, existen normas que no solo ignoran las necesidades de las personas trans, sino que legalizan formas de exclusión ya presentes en la vida cotidiana. La Ley N.º 32331, que regula el uso de baños públicos según el sexo asignado al nacer, y el Decreto Supremo N.º 009-2024-SA, que incorporó categorías vinculadas a la identidad de género como “trastornos mentales” en el sistema de salud pública, han sido señaladas como medidas transfóbicas y contrarias al principio de igualdad y no discriminación.
Aunque estas disposiciones se presentaron como herramientas de orden o salud pública, especialistas en derechos y colectivos de la comunidad LGBTIQ+ advierten que su verdadero impacto es reforzar estereotipos, normalizar el rechazo e impedir avances legales en derechos fundamentales.
Una norma que alimenta la exclusión social
Uno de los puntos más críticos se encuentra en el artículo 5 de la Ley N.º 32331. Esta disposición prohíbe que las personas trans usen baños públicos de acuerdo a su identidad de género, salvo en situaciones de emergencia, acompañamiento de infancias, labores de mantenimiento o mandato judicial.
Aunque el texto no menciona de forma explícita a las personas trans, su objetivo y efectos son evidentes. En entrevista con Contranoticia, la abogada Sahira Cruzado, especialista en igualdad de género y diversidad sexual, sostuvo que se trata de una norma “direccionada específicamente a población trans”.
“Esta ley no responde a ninguna problemática real, ni ofrece soluciones concretas. Es una norma vacía que solo tiene sentido si se ve desde una motivación transfóbica”, alertó la abogada. No existen estudios que sustenten la idea de que las personas trans sean más propensas a cometer agresiones sexuales. Por el contrario, diversos informes internacionales muestran que esta población es con mayor frecuencia víctima.
Según el jurista costarricense y ex Experto Independiente de la ONU sobre orientación sexual e identidad de género, Víctor Madrigal-Borloz, las personas trans enfrentan niveles desproporcionadamente altos de violencia física, verbal y sexual.
Además, según el INEI (2018), el 63 % de personas LGBTIQ+ ha sufrido algún tipo de violencia, y solo el 4.4 % han presentado una denuncia. De esas denuncias, casi la mitad queda sin sanción. Estos datos evidencian que el problema es la desprotección, no una amenaza latente.

El impacto de esta disposición va más allá del uso de un baño. Si una persona trans no puede acceder con seguridad a un servicio higiénico, también se ve limitada su presencia en escuelas, hospitales, oficinas y cualquier espacio público, afectando así el ejercicio pleno de otros derechos fundamentales como la salud, la educación y el empleo. En ese sentido, la ley actúa como una traba silenciosa que aleja a las personas trans de los espacios públicos y la vida en comunidad.
“Imagínate, si no te dejan entrar al baño, ¿para qué vas a ir a un centro de salud? Hay hermanas que no están empoderadas y que se van a oprimir más ante esta ley. Si yo no estuviera tan empoderada, me diera pánico”, explicó María Alejandre Torcatt, mujer trans y activista de la Red Trans La Libertad, en conversación con Contranoticia.
Patologizar la identidad: retroceso disfrazado de política de salud
El Decreto Supremo N.º 009-2024-SA incluyó siete diagnósticos del CIE-10 en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), entre ellos: “transexualismo” y “orientación sexual egodistónica”, ambos considerados obsoletos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Aunque el Ministerio de Salud publicó luego una resolución para retirar esos términos, el decreto supremo no ha sido derogado, lo que deja abierta su aplicación en otros niveles institucionales.

“Una resolución ministerial es algo que opera a nivel muy interno, es una norma interna. Un decreto supremo ya es una norma legislativa de carácter nacional. Que no solamente va a operar para el Ministerio de Salud, sino que puede ser aplicada también en otras instituciones”, explicó Cruzado.
Además, advirtió que esta normativa puede usarse para frenar nuevas leyes. “Si una norma te dice que tu identidad es una enfermedad, entonces cualquier iniciativa que busque reconocerla puede ser fácilmente deslegitimada”, enfatizó.
Instituciones que callan
Desde el enfoque de salud mental, la psicóloga e investigadora Alex Hernández cuestiona el silencio de las universidades y gremios profesionales. “El Colegio Médico y el Colegio de Psicólogos tienen un rol muy importante pero probablemente muchas autoridades no se van a involucrar porque significa decirle a los congresistas: ‘no estás haciendo tu trabajo con rigurosidad científica’”, afirmó al ser consultada para esta nota.
También señaló que esta ausencia de respaldo técnico “deja solas a las organizaciones, cuando la academia debería ser una voz más potente”. Más allá del contenido legal, estas normas envían mensajes peligrosos desde lo simbólico. Para Cruzado, “estas normas y estos discursos operan desde el miedo y terminan validando y normalizando la violencia que se experimenta por ser trans”.
La exclusión institucional puede escalar, desde impedir el ingreso a un baño hasta negar atención médica o rechazar una denuncia de violencia de pareja. Para María Alejandre, este ciclo ya está en marcha. “¿Quién protege a una mujer trans que su pareja golpea? No puedo denunciar porque me tratan con otro nombre. ¿Quién hace justicia cuando una de nosotras muere? Nadie”, denunció.
Esta nota ha sido publicada en el marco del Programa de Voluntariado en Periodismo Escrito de Contranoticia.






